Negligencias en procedimientos de fertilidad: aspectos legales

En la era actual, la reproducción asistida se ha consolidado como una solución eficaz para miles de personas con problemas de fertilidad. Sin embargo, el rápido avance tecnológico y la creciente demanda de estos procedimientos han generado un entorno susceptible a errores y negligencias médicas. El marco legal establece derechos y garantías para los pacientes, además de obligaciones para clínicas y profesionales. En este artículo analizamos con detalle los distintos tipos de negligencias en tratamientos de fertilidad, el panorama legal vigente y cómo actuar si se sufre un daño en este ámbito.

¿Qué es una negligencia en reproducción asistida?

La negligencia médica en procedimientos de fertilidad es cualquier actuación u omisión de los profesionales sanitarios o centros médicos que se desvíe de la práctica médica aceptada y cause un perjuicio al paciente. Los ejemplos más habituales incluyen:

  • Manipulación incorrecta de óvulos, esperma o embriones.
  • Fallos de diagnóstico o tratamiento.
  • Errores en la identificación o transferencia de embriones.
  • Pérdida o destrucción de muestras genéticas.
  • Falta de consentimiento informado adecuado.
  • Omisión de información relevante sobre riesgos y alternativas.

Marco legal de la fertilidad y la reproducción asistida

En España, la reproducción asistida está regulada principalmente por la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción humana asistida. Esta ley establece los requisitos, garantías y derechos de los usuarios, profesionales y centros que realizan estos tratamientos. Los pilares jurídicos fundamentales son:

  • El derecho al consentimiento informado: toda paciente debe ser informada, de manera clara y comprensible, acerca de los riesgos, tasas de éxito y alternativas.
  • La confidencialidad y privacidad de los datos personales y genéticos.
  • La obligación de mantener la trazabilidad y adecuado control de las muestras.

Si se vulneran estos derechos o se produce un daño, el paciente puede reclamar por vía civil, penal o administrativa, dependiendo de si la clínica es privada o pública.

Responsabilidad profesional y centros sanitarios

Responsabilidad civil

En los procedimientos de fertilidad, la responsabilidad civil recae sobre los profesionales y los centros. Se puede exigir una indemnización cuando:

  • Existe daño físico, psicológico o moral.
  • Se demuestra la relación causal directa entre la actuación médica y el daño.
  • Se comprueba la actuación contraria a la lex artis médica (estándares aceptados en el sector).

La indemnización puede cubrir gastos médicos, daños morales, pérdida de oportunidad de ser madre/padre biológico, entre otras.

Responsabilidad penal

Aunque menos frecuente, la negligencia puede derivar en delito si concurren imprudencia grave, falsificación de consentimientos o daños severos. Los delitos pueden ir desde lesiones imprudentes a delitos contra la salud pública.

Responsabilidad disciplinaria

El profesional también se expone a sanciones del colegio médico si se demuestra infracción de normas éticas o deontológicas.

Jurisprudencia y reclamaciones recientes 

En la actualidad, continúan produciéndose reclamaciones y sentencias sobre errores en clínicas de fertilidad. Casos destacados incluyen:

  • Transferencia de embriones errónea: los tribunales han condenado indemnizaciones elevadas a clínicas donde, por fallo humano o técnico, se implantó un embrión que no correspondía a la pareja solicitante.
  • Destrucción accidental de muestras: la desaparición o daño de óvulos, semen o embriones por fallos en la gestión del laboratorio implica el reconocimiento del derecho a indemnización por pérdida de oportunidad reproductiva.
  • Información insuficiente sobre riesgos: hospitales y clínicas fueron condenados por no explicar debidamente las posibilidades de éxito y los peligros de efectos secundarios o fallos del tratamiento, reconociendo el daño moral a los pacientes.
  • Consentimiento informado no válido: sentencias recientes insisten en la necesidad de pruebas documentales que respalden que el consentimiento fue otorgado libre y correctamente informado.

Los baremos de indemnización se actualizan cada año y son de aplicación en estos casos, incluyendo daño moral por la incapacidad de materializar el deseo de tener hijos biológicos.

Procedimiento de reclamación

  1. Recopilar documentación médica: Informes, consentimientos, pruebas de laboratorio, comunicaciones previas con la clínica.
  2. Informe pericial: Fundamental contar con una valoración experta que dictamine si hubo o no negligencia.
  3. Reclamación extrajudicial: Contacto previo con la clínica solicitando solución amistosa o indemnización.
  4. Reclamación judicial: Si la clínica es privada, demanda civil; si es un hospital público, reclamación administrativa.
  5. Asesoría jurídica especializada: Recurrir siempre a abogados expertos en negligencias médicas y en reproducción asistida.

Derechos de los pacientes ante la negligencia

  • Obtener una indemnización por daños y perjuicios.
  • Exigir la corrección del error si es posible.
  • Solicitar la apertura de expediente disciplinario al profesional.
  • Recibir apoyo psicológico y asesoramiento durante todo el proceso.

Conclusiones

La negligencia en procedimientos de fertilidad tiene un impacto personal y emocional profundo. Las leyes españolas y la jurisprudencia actual amparan a los pacientes que hayan sufrido daños, exigiendo la más alta diligencia a médicos y clínicas. Es imprescindible reclamar ayuda legal especializada ante cualquier sospecha de error o daño, y siempre conservar toda la documentación posible.

 

La protección jurídica frente a las negligencias médicas es una realidad, y el número creciente de reclamaciones en reproducción asistida evidencia que los derechos de las personas están cada vez más reconocidos y garantizados.